Ampliación presupuestaria préstamos Jeremie - Igape para Pymes y Microempresas - IG534A
Se amplía el presupuesto a 8.370.009,02 para el año 2016
Consultar aquí DOG Núm. 42 do Mércores, 2 de marzo de 2016
Modificaciones:
- Cuantías mínimas y máximas del préstamo: Inversión no inferior a 70.000 €. El importe del préstamo por beneficiario estará comprendido entre 49.000 € y un máximo de 1.820.000
- Se incluye la posibilidad de financiar el IVA cuando este no sea recuperable o compensable
- Se amplían los sectores de actividad susceptibles de apoyo
- Se amplía la posibilidad de ser beneficiario a autónomos, sociedades civiles y comunidades de bienes.
- Se mejoran las condiciones financieras, rebajando el tipo de interés
- Devolución del préstamo: amortizable en diez años una vez finalizado el primer año de carencia, siendo el plazo máximo de vigencia 11 años
Se remite las bases reguladoras de los Préstamos JEREMIE-IGAPE en beneficio de las pequeñas y medianas empresas y microempresas.
A continuación se detallan los puntos destacados de la convocatoria:
- BENEFICIARIOS:
Sociedades mercantiles que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser una pyme o microempresa.
- Realizar una iniciativa empresarial en un centro de trabajo localizado en la CCAA de Galicia
- Desarrollar o tener previsto realizar alguna actividad empresarial que no esté entre las excluidas que se señalan en el anexo II de las bases reguladoras.
- Tener una contribución financiera en el proyecto de un 30% y al menos un 25% tendrá que ser exento de apoyo público.
PROYECTOS A FINANCIAR:
Proyectos empresariales de inversión para implantar en la CCAA que cumplan los siguientes requisitos:
- Inversión superior o igual a 100.000 € e inferior o igual a 1.500.000 €
- Los proyectos tendrán que acreditar su viabilidad técnica, económica, financiera y de ser el caso, ambiental. Consistirá en la creación de un nuevo establecimiento, ampliación de un establecimiento existente, diversificación de producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio esencial en el proceso de producción del establecimiento existente.
No son subvencionables las meras substituciones de bienes, traslados de centros productivos que no supongan mejoras en la capacidad productiva o competitividad.
GASTO SUBVENCIONABLE:
- Activos fijos materiales: terrenos, obra civil, adquisición de inmuebles, bienes de equipamiento, mobiliario.
- Activos intangibles: aplicaciones informáticas, adquisición de propiedad industrial e intelectual, licencias de fabricación y patentes, gastos de I+D.
IMPORTE DEL PRÉSTAMO POR BENEFICIARIO:
Estará comprendido entre 70.000 € y 1.050.000 € y no podrá superar en ningún caso el 70% de la inversión subvencionable
El préstamo tendrán un plazo mínimo de amortización de 2 años y un máximo de 7, con un 1 de carencia
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 30 de junio de 2015 o agotamiento de crédito
CREDITO PRESUPUESTARIO: 8.000.000 €
Régimen de mínimos
Concurrencia no competitiva