Ayudas de la FEPRL para la realización de actividades en el ámbito intersectorial de la PRL
Se remite información de la convocatoria de AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES EN EL ÁMBITO INTERSECTORIAL DE LA ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, EN EL ÁMBITO DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES - BOE núm 317 de sábado 30 de diciembre de 2017.
Le recordamos que desde Externor - Grupo Isonor tramitamos, ejecutamos y justificamos estas ayudas. En caso de que estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.
A continuación se detallan los puntos destacados de la convocatoria:
Beneficiarios
Las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro de ámbito estatal que representen a todos los sectores, que tengan entre sus fines la representación, promoción y defensa de los intereses de trabajadores o empresarios en materia de prevención de riesgos laborales, así como las fundaciones creadas por éstos para la consecución de cualquiera de esos fines.
Proyectos Subvencionables
La realización de actividades de carácter intersectorial con el fin de promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en las pequeñas empresas, a través de acciones de información, asistencia técnica, formación y promoción del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos.
Las acciones deberán desarrollarse en el ámbito territorial estatal y como mínimo, en dos sectores de actividad (Agrario, Construcción, Industria y Servicios)
En concreto, y en consonancia con las prioridades de la estrategia, las acciones deberán dirigirse, al menos, a uno de los siguientes objetivos específicos:
a) Mejorar las condiciones de seguridad y salud en alguno de las siguientes personas trabajadoras: jóvenes (menores de 25 años), de edad avanzada (55 años y más), mujeres y trabajadores temporales.
b) Promover la prevención de los trastornos musculo esqueléticos.
c) Promover la prevención de enfermedades profesionales.
d) Sensibilizar sobre riesgos nuevos y emergentes.
e) Prevenir factores de riesgo de carácter organizativo y psicosocial.
f) Promover la cultura de la salud potenciando hábitos de vida saludables en el entorno laboral.
g) Promover la seguridad vial laboral.
h) Promover una vigilancia de la salud más eficiente.
Gastos Subvencionables
a) a) Las retribuciones del personal interno que realiza la acción. Personas físicas que mantienen una relación laboral con la empresa beneficiaria
b) Los gastos de amortización de los equipos informáticos y medios técnicos directamente empleados en el desarrollo de la acción. Comprende cualquier equipo informático o medio técnico directamente empleado para el desarrollo del proyecto como ordenadores, impresoras o escáneres, entre otros
c) Los gastos de adquisición de los materiales de apoyo relacionados directamente con la ejecución del proyecto. Incluye conceptos tales como bibliografía, bases de datos informatizadas y cualquier otra documentación, cuya necesidad deberá acreditarse. (máximo 1% de la subvención total)
d) Los gastos directamente relacionados con la ejecución de la acción y de subcontratación.
1.º Gastos específicos. gastos relacionados con la celebración de eventos como alquiler de salas, catering, medios audiovisuales, alquiler de equipos informáticos, entre otros. Los gastos de desplazamientos, manutención y alojamiento de los participantes en los eventos que no formen parte del personal interno se justificarán en este epígrafe. Los gastos asociados al diseño y maquetación de los productos finales que sean prestados directamente por empresas cuyo objeto social sea la impresión de estos materiales, se presupuestarán y justificarán, también, en este epígrafe. Los gastos financiables de material promocional para la difusión de la acción no podrán exceder del 3 por ciento del presupuesto total de la misma.
2.º Dietas y desplazamientos. Gastos de manutención, locomoción, alojamiento, etc. del personal asignado al desarrollo del proyecto.
3.º Subcontratación. La subcontratación no podrá superar el 50 por ciento de la cuantía de la asignación. Se incluye el coste por los servicios externos contratados con personas físicas o jurídicas cuya actividad profesional o mercantil se corresponda con el servicio o actividad de que se trate.
4.º Costes indirectos. Los costes indirectos no podrán superar el 10 por ciento del presupuesto total
Plazo de Presentación de Solicitudes
8 de febrero de 2018.
La presentación se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático por lo que es necesario certificado digital.
Plazo de Realización de la Actividad Subvencionable
Desde la fecha de resolución de la concesión de la subvención hasta el 30 de abril de 2019.
Cabe la posibilidad de solicitar anticipo.
Cuantía Subvencionable
La subvención podrá cubrir la totalidad del proyecto, con un límite máximo de 500.000 €
Presupuesto
2.565.000 €.
Documentación
Se remite adjunto las bases reguladoras y convocatoria 2018
Concurrencia competitiva