Ayudas del Programa EMEGA para el Fomento del Emprendimiento Femenino

Se remite información de la convocatoria de ayudas  DEL PROGRAMA EMEGA PARA EL FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO FEMENINO EN GALICIA- SI429A- DOG núm 127 de miércoles 4 de julio de 2018

Le recordamos que desde Externor - Grupo Isonor tramitamos y  justificamos estas ayudas. En caso de que estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.

A continuación se detallan los puntos destacados de la convocatoria:

 

Beneficiarios

Empresas privadas formadas por mujeres que inicien su actividad económica o formalicen sus planes Innova o Activa en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2017 hasta la fecha de presentación de solicitudes siempre que cumplan requisitos comunes y específicos de cada una de las líneas.

    Requisitos Comunes

a) Empresa privada (microempresa o pequeña empresa). Empresarias individuales, sociedades civiles, comunidades de bienes,  o sociedades mercantiles, sociedades laborales y cooperativas de trabajo asociado.
b) Tener domicilio fiscal y social y producción en Galicia
c) Estar de alta en el correspondiente régimen de la SS y estar vinculadas a la empresa, desarrollando de forma habitual su actividad
d) los puestos de trabajo por cuenta ajena con contrato indefinido para la realización de trabajos de carácter fijo discontinuo, solo se tendrán en cuenta cuando la duración de la actividad de la trabajadora no sea inferior a 10 meses en un período de 12.
e) Tener iniciada la actividad económica y actividad laboral
f) No haber percibido ayudas en los tres años anteriores a la fecha de inicio de la actividad económica en el caso de las líneas Emprende y ITEF, y en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en las líneas Activa e Innova

    Requisitos específicos por líneas

1.1. Línea Emprende: empresas de nueva creación constituidas por mujeres
    a) que el inicio de la actividad esté comprendido entre el 1 de septiembre de 2017 hasta la fecha de presentación de solicitudes
    b) Suponga creación del puesto de trabajo de todas las promotoras
    c) Estar desempleadas (carecer de ocupación durante un período mínimo de 1 mes inmediatamente anterior a la fecha de inicio de la actividad laboral - alta en SS). En caso de que la empresa esté constituida por más de una promotora, esta condición la deben cumplir como mínimo el 50% de las promotoras
    d) Alta en la SS entre el 1 de septiembre de 2017 y la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si se contrata mujer por cuenta ajena, el contrato será formalizado antes de la fecha final de justificación.
    e) No haber desarrollado la misma actividad empresarial en los 3 años anteriores al inicio de la nueva actividad.

1.2. Línea Innova para la realización de un proyecto de mejora empresarial:
a) Que acrediten en el mes de finalización del plazo de presentación de solicitudes actividad empresarial ininterrumpida entre 2 y 5 años en el incluso sector para lo cual se proyecta el avance.
b) Que el proyecto de mejora suponga la creación, por lo menos, de un puesto de trabajo para una mujer para lo cual se exija capacitación profesional media o superior y cuyas funciones laborales estén vinculadas directamente a las acciones del proyecto de mejora por un período mínimo de 2 años
c) El Alta en la SS de la trabajadora que ocupe el puesto obligatorio y de las que ocupen los demás puestos creados deberán formalizarse hasta la finalización del plazo de justificación
d) Que el proyecto se materialice a través de alguna de las siguientes acciones:
      * Proyectos de desarrollo de tecnologías avanzadas para la obtención de nuevos productos o procesos o mejora de los ya existentes.
      * Proyectos de aplicación de nuevas fórmulas de producción y/o distribución.
      * Proyectos de diversificación de producción y/o de la oferta de productos o servicios en el marco del avance de la calidad.
      * Proyectos de re-formulación empresarial para la aportación al mercado de productos y/o servicios innovadores o de especial singularidad.
e) que el proyecto se materialice en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2017 y hasta la fecha de finalización del plazo de justificación.

1.3. Línea Activa empresas constituidas por mujeres que proyecten la reactivación de su actividad económica para el mantenimiento del empleo y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que acrediten un período mínimo de actividad mercantil en la actividad económica para la cuál se solicita la ayuda de 3 años en el mes de finalización del plazo de solicitudes, admitiéndose períodos de inactividad que en total no superen los 3 meses en la fecha indicada.
b) Este proyecto de reactivación deberá recogerse en el plan de negocio empresarial y ha de materializarse entre el 1 de septiembre de 2017 y la fecha de finalización del plazo de justificación.
c) El plan de negocio deberá incluir: aspectos que condicionan su funcionamiento, las necesidades que se deben cubrir a corto, medio y largo plazo  para conseguir el equilibrio empresarial y mantenimiento de empleo,  medidas de tipo estructural, coyuntural, económicas, financieras, tecnológicas, de calificación de medios humanos, de ampliación o renovación de productos o servicios, de localización;  el cuadro de personal, la cuenta de resultados de los 3 últimos años
d) Mantener o incrementar el nº de puestos de trabajo por cuenta propia o ajena preexistentes en la empresa
e) El alta en SS de las trabajadoras que ocupen nuevos puestos deberá formalizarse hasta la fecha de finalización del plazo de justificación

1.4. Línea ITEF empresas de nueva creación con proyecto empresarial de carácter innovador, de investigación o tecnológico en femenino
a) Que el inicio de la actividad empresarial se produzca entre el 1 de septiembre de 2017 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
b) Que la actividad, producto o servicio que vayan a desarrollar tenga claro carácter innovador, contenido científico o base tecnológica.
c) Suponga creación de puestos de trabajo de todas las promotoras
d) Las promotoras deberán estar desempleadas. En caso de ser constituida por más de una promotora, esta condición deberá cumplirse como mínimo por el 50% de las promotoras.
e) El alta en SS se materialice en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2017 y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En caso de contratación por cuenta ajena, podrá formalizarse hasta la fecha de finalización del plazo de justificación.
f) como mínimo, la promotora o alguna de ellas, deberá tener titulación universitaria relacionada con el ámbito de la ciencia, del conocimiento o de la tecnología.
g) No haber desarrollado la misma actividad empresarial en los 3 años anteriores al inicio de la nueva actividad.

1.5. Línea Concilia complementaria al resto de líneas
- Concilia promotora.
-Concilia-persona trabajadora

1.6. Linea Dual complementaria a las líneas anteriores. Consiste en entrevistas personales, individuales o grupales, comprendiendo actuaciones de orientación, asesoramiento, acompañamiento y tutorización...

 

Proyectos Subvencionables

1.1. Línea Emprende: programa de ayudas económicas a través de incentivos para estimular la puesta en marcha de iniciativas empresariales y la creación de empleo femenino por cuenta propia y ajena.

1.2. Línea Innova: programa de ayudas económicas mediante incentivos para promover la implantación de medidas innovadoras para la mejora de la competitividad en empresas constituidas por mujeres, y que impliquen la creación de empleo femenino vinculado al proyecto de mejora.

1.3. Línea Activa: programa de ayudas económicas a través de incentivos para favorecer la re-activación y consolidación de empresas lideradas por mujeres por medio de la aplicación de medidas de renovación, implantación, ampliación o cambio de localización de la actividad con las cuales conseguir el equilibrio empresarial buscando su mantenimiento y promoción en el contexto económico actual.

1.4. Línea ITEF: específica de investigación o tecnológica en femenino: programa de ayudas económicas mediante incentivos para promocionar el mejor proyecto empresarial de claro carácter innovador, contenido científico o de base tecnológica en las empresas lideradas por mujeres y que comparten la creación de empleo femenino.

1.5. Línea Concilia: ayuda complementaria a las 4 anteriores para promover la conciliación de vida personal, familiar y laboral: concilia promotoras y Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena.

1.6 Dual: ayuda complementaria para incentivar la participación en el programa de tutorización que establezca la Secretaría Xeral de Igualdade con objeto de facilitar la implantación y consolidación d proyectos empresariales a través de las líneas Emprende, Innova, Activa, ITEF. Se tendrán un máximo de 5 entrevistas de orientación, asesoramiento, acompañamiento y tutorización.

Las líneas Emprende, Innova, Activa, ITEF  son incompatibles entre sí

 

Plazo de Presentación de Solicitudes

  • 6 de agosto de 2018.

La presentación se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático en caso de sociedades mercantiles.

 

Plazo de Realización de la Actividad Subvencionable

  • Hasta el 15 de noviembre de 2018

 

Cuantía Subvencionable

1.1. Línea Emprende:
1.1.a)  8.000 euros a las empresas que creen el puesto de trabajo de la promotora
1.1.b)  14.000 euros a las empresas que creen dos puestos de trabajo por cuenta propia para mujeres, por cuenta propia o ajena con contrato indefinido, incluido el de la promotora o promotoras
1.1.c)  18.000 euros a las empresas que creen tres puestos, por cuenta propia o  por cuenta ajena con contrato indefinido para mujeres, incluido el de la promotora o promotoras
1.1.d)  20.000 euros a las empresas que creen cuatro puestos por cuenta propia o  por cuenta ajena con contrato indefinido para mujeres, incluido el de la promotora o promotoras
 
1.2. Línea Innova:
1.2.a) 12.000 euros por crear el puesto de trabajo obligatorio para una mujer
1.2.b) 15.000 euros a las empresas que, además del empleo obligatorio, creen un puesto de trabajo por cuenta ajena con contrato indefinido para otra mujer.
1.2.c) 18.000 euros a las empresas que creen, además del empleo obligatorio, dos puesto de trabajo por cuenta ajena con contrato indefinido para otra mujer
1.2.d) 20.000 euros a las empresas que creen, además del empleo obligatorio, tres o mas puesto de trabajo por cuenta ajena con contrato indefinido para otra mujer

1.3. Línea Activa:
1.3.a) 6.000 euros a las empresarias promotoras.
1.3.b) 10.000 euros empresas con dos puestos de trabajo por cuenta propia o ajena con contrato indefinido, incluido el de la promotora o promotoras.
1.3.c) 12.000 euros a las empresas con tres puestos de trabajo por cuenta propia o ajena con contrato indefinido, incluido el de la promotora o promotoras.
1.3.d) 15.000 euros a las empresas con cuatro puestos de trabajo por cuenta propia o ajena con contrato indefinido, incluido el de la promotora o promotoras.
 
1.4. Línea ITEF:
1.4.a) 16.000 a las empresarias promotoras.
1.4.b) 25.000 euros empresas con dos puestos de trabajo por cuenta propia o ajena con contrato indefinido, incluido el de la promotora o promotoras.
1.4.c) 30.000 euros a las empresas con tres puestos de trabajo por cuenta propia o ajena con contrato indefinido, incluido el de la promotora o promotoras.
1.4.d) 40.000 euros a las empresas con cuatro puestos de trabajo por cuenta propia o ajena con contrato indefinido, incluido el de la promotora o promotoras.
 
1.5. Línea Concilia:
1.5.a) Formalización de acuerdo o pacto de conciliación: 3.000 euros por empresa con promotoras con hijos/las menores de tres años a fecha de finalización del plazo de justificación
1.5.b) Formalización de acuerdo de teletrabajo: 1.000 euros por persona trabajadora por cuenta ajena, con el máximo de 5.000 euros.

6. Ayuda DUAL:
1.6.a) 500 euros por empresa

Presupuesto

  • 856.109 €.

Documentación

  • Se adjuntan bases reguladoras