Ayudas fomento de la prevención de riesgos laborales - TR852A

Se remite información de la convocatoria de  ayudas destinadas a ACCIONES DE FOMENTO DE  PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES en la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2017 - TR852A - DOG núm 39 de viernes 24 de febrero de 2017 

Tramitamos, ejecutamos algunas de las acciones subvencionables y justificamos estas ayudas


A continuación se describen los puntos destacados de la convocatoria: 

  • Beneficiarios: 
  • En la línea 1, programas de formación intersectorial en materia de prevención de riesgos laborales de ámbito gallego: 

Las asociaciones patronales que recojan entre sus fines el fomento de la PRL y organizaciones sindicales con representatividad autonómica, de carácter intersectorial en ambos casos

  • En la línea 2, acciones de formación sectorial y fomento de PRL: 
  1. Fundaciones sectoriales paritarias 
  2. Organizaciones sindicales con representatividad autonómica, tanto de carácter sectorial como intersectorial 
  3. Asociaciones empresariales de ámbito gallego,  sectorial o intersectorial y que recojan entre sus fines el fomento de PRL
  4. Asociaciones profesionales y empresariales gallegas y que recojan entre sus fines el fomento de PRL
  5. Asociaciones profesionales de trabajadores/as autónomas registradas y que recojan entre sus fines el fomento de PRL 
  • Actividades subvencionables: 
    • En la línea 1: programas de formación intersectorial en materia de PRL (formación presencial) 
    • En la línea 2: 
  1. De formación: Formación específica sectorial en PRL destinada a trabajadores/as activos y en situación de desempleo, delegados/as de prevención, recursos preventivos y trabajadores/as designados  que asuman con medios propios la actividad preventiva de la empresa 
  2. Estudios y trabajos técnicos relacionados con la seguridad y salud laboral: De investigación y prospección para el análisis de la mejora de las condiciones de trabajo en sectores concretos de la actividad económica 
  3. De difusión, sensibilización e intercambio de experiencias (conferencias, jornadas, seminarios, publicaciones): Gabinetes técnicos sectoriales de difusión normativa y técnica;  realización de materiales y herramientas prácticas para implantar actuaciones en seguridad y salud laboral 
  • Gastos subvencionables: 
    • Gastos de ejecución: compra de material fungible, . Diseño, maquetación, impresión, distribución, publicidad, coordinación de cuñas informativas, folletos, tripticos, carteles. Alquiler de aparatos y equipamientos. 
    • Gastos derivados de la subcontratacion. 
    • Gastos de personal técnico propio de la entidad beneficiaria. Máximo 60% coste mensual. 
    • Gastos por liquidación de ayudas de costes, desplazamientos, alojamiento y manutención de personas trabajadoras vinculadas al proyecto 
    • Retribuciones del personal técnico contratado expresamente para el desarrollo del proyecto. 
    • Costes indirectos: consumo eléctrico, teléfono...siempre que se corresponda con locales donde se realice la acción.Hasta un 10%. No podrá imputarse esta partida en caso de que se subcontrate más de un 50% de las acciones. 
    • Docentes, alquileres, alquiler de aulas, talleres y medios de transporte, material de protección y seguridad 

 

  • Plazo de presentación de solicitudes: 25 de Marzo de 2017 únicamente por medios electrónicos. 
  • Plazo ejecución/justificacion actividades: 1 enero de 2017  a 31 octubre 2017
  • Importe crédito disponible: 
    • Linea 1:   490.000 € 
    •  Linea 2:  1.000.000 € 


Concurrencia Competitiva. 

  • Criterios de Valoración: 
    • Representatividad 
    • Dimensión territorial de la entidad 
    • Sectorialidad 
    • Taxa estabilidad personal entidad
    •  Paridad porcentaje de hombres y mujeres en el cuadro de personal de la entidad 
    • Cofinanciamiento 
    • Especificidad de la acción 
    • Protección de personas trabajadoras especialmente sensibles
    • Alcance territorial 
    • Por acciones dirigidas a  autonomos, pymes
    • Siniestralidad 
    • Renuncia a ayudas en años anteriores 
    • No ejecución de más del 50% del importe concedido en los 3 ejercicios anteriores