Ayudas a inversiones en tecnologías forestales IN500A - plazo presentacion 28 mayo
Se remite información de la convocatoria de AYUDAS A INVERSIONES FORESTALES, PROCESAMIENTO, MOVILIZACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS FORESTALES, IN500A - DOG núm 82 de 27 de abril de 2018.
Le recordamos que desde Externor - Grupo Isonor tramitamos, ejecutamos algunos de las actuaciones subvencionables y justificamos estas ayudas. En caso de que estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.
A continuación se detallan los puntos destacados de la convocatoria y en adjunto se remiten las bases reguladoras:
- Beneficiarios
Las microempresas, pequeñas y medianas empresas del sector forestal radicadas en Galicia en relación con las inversiones realizadas en zonas rurales y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Acreditar su viabilidad económica mediante alguna de las siguientes circunstancias:
1º Disponibilidad de crédito bancario para la inversión, de un mínimo del 70% del importe de la misma
2º Ventas por importe superior al triple de la inversión (en el impuesto de sociedades o declaración anual del IRPF, o declaración anual de IVA)
3º Amortización más beneficios superior a la sexta parte de las inversiones (en el impuesto de sociedades o declaración anual del IRPF, o declaración anual de IVA)
4º Contratos de venta o prestación de servicios por importe superior a la inversión.
5º Estudio de viabilidad firmado por profesional cualificado
b) Deberán cumplir la normativa ambiental.
c) Tener seguro en vigor de responsabilidad civil para la actividad objeto de la ayuda y un contrato de prevención de riesgos laborales
d) Deberá estar inscrito en el Registro de empresas del sector forestal (Resfor) y con los datos actualizados. Las empresas con instalaciones fijas deberán estar inscritos en el Registro Industrial en fecha anterior.
e) Deberán tener, por lo menos, el 33% del cuadro de personal de la empresa con contratos por tiempo indefinido. Para empresas de nueva creación será suficiente un compromiso de tener, como mínimo, el 33% de estabilidad laboral a la finalización del plazo concedido para justificar la inversión. No será necesario cumplir este requisito en ayudas inferiores a 60.102 €.
- Inversiones y Gastos Subvencionables
INVERSIONES EN ACTIVOS FIJOS PRODUCTIVOS ( serán activos nuevos y no adquiridos antes de la presentación de la solicitud ni antes de la inspección de comprobación. Se admitirán inversiones relativas a operaciones de aprovechamiento, transformación y comercialización de productos forestales (madera, cogomelos, castañas, plantas aromáticas y medicinales, biomasa y otros productos forestales). En concreto:
- Bienes de equipo e instalaciones en empresas de recogida, manejo, acondicionamiento y comercialización de productos forestales no madereros y no alimentarios (biomasa y otros productos forestales)
- Maquinaría específica, apeiros e implentos que permitan un aprovechamiento comercial de la biomasa forestal: asteladoras, empacadoras, colleitadoras o procesadoras de biomasa.
- Acondicionamiento e instalación en parques intermedio de rolla o biomasa
- Procesadoras, autocargadores, arrastradores forestales y otros equipos de corta y/o saca de madera, así como las adaptaciones e implementos.
- Equipos tractocargadores completos e implementos forestales de estos.
- Rozadoras, en nº superior a los equipos de saca de madera o biomasa propiedad de la empresa.
- Instrumentos de medición de masas forestales, en nº no superior a la maquinaria de saca de madera o de biomasa.
- Maquinaria e instalaciones para procesamiento de la biomasa forestal para producir energía: astelado, almacenamiento, clasificación, caracterización, secado y acondicionamiento de la biomasa forestal.
- Maquinaria e instalaciones de primera transformación de la madera
INVERSIONES EN PLANES Y HERRAMIENTAS DE GESTIÓN EMPRESARIAL
- Implantación, y certificación si procede, de herramientas de gestión empresarial específicas de la actividad forestal para el control de costes, calidad y mantenimiento.
- Implantación y certificación de la cadena de custodia de la madera certificada, y/o normativas de calidad y planes de mejora de la gestión empresarial.
- Plazo de Presentación de Solicitudes
28 de mayo de 2018
La presentación se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático
- Plazo de justificación
Para la anualidad 2015 será el 15 de octubre de 2018 y para la anualidad 2019 el 15 de marzo de 2019. Asimismo, se tendrá en cuenta que las cantidades no justificadas por los beneficiarios en la anualidad de 2018 se podrán computar y justificar en la anualidad 2019.
- Cuantía Subvencionable
La cuantía de subvención será de un 40 % € de los gastos subvencionables con un máximo de 150.000 € por beneficiario.
- Presupuesto
8.169.188 €
Concurrencia competitiva