Ayudas a la cooperación de pequeños operadores de turismo TU983A
Se remite información de la convocatoria de AYUDAS A LA COOPERACIÓN ENTRE PEQUEÑOS OPERADORES PARA ORGANIZAR PROCESOS DE TRABAJO CONJUNTO Y COMPARTIR INSTLACIONES Y RECURSOS, ASÍ COMO PARA EL DESARROLLO Y LA COMERCIALIZACIÓN DEL TURISMO- TU983A . DOG núm 22 de miércoles 31 de enero de 2018.
Le recordamos que desde Externor - Grupo Isonor tramitamos y justificamos estas ayudas. En caso de que estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.
A continuación se detallan los puntos destacados de la convocatoria:
- Beneficiarios
Empresas del sector turístico de Galicia que se agrupen para colaborar y que cumplan los siguientes requisitos:
* Por lo menos una ellas, esté inscritas en el registro de empresas turísticas,
* Que tengan la condición de microempresas (menos de 10 trabajadores)
* Que sean entidades privadas autónomas gallegas situadas en ámbito rural de Galicia, (zonas que se encuentren fuera del perímetro urbano de las Ciudades: A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra, Vigo, Ferrol y Santiago de Compostela)
* Constituidas bajo cualquier forma jurídica admisible,
* Con objeto de practicar de forma efectiva la colaboración en su actividad comercial.
Las empresas que se agrupen no podrán estar vinculadas entre sí
Será necesaria la colaboración entre dos o más empresas y para el caso de comercialización de paquetes turísticos será preciso la intervención de una agencia de viajes como empresa agrupada que también deberá estar situada en ámbito rural
Todos estos requisitos se deberán cumplir antes de finalizado el plazo de presentación de la solicitud.
- Proyectos Subvencionables
Proyectos consistentes en el diseño, creación y promoción de productos turísticos de Galicia. Las actividades deberán ser realizadas o promovidas en el ámbito rural de Galicia, es decir, en zonas fuera de los núcleos de A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra, Vigo, Ferrol y Santiago de Compostela.
Los productos turísticos deberán tener carácter innovador y podrán ajustarse a alguna de las siguientes temáticas:
A) Productos cabecera de marca de Galicia: Camino de Santiago, Bosques de Galicia, Manantiales de Galicia, Paseando entre viñedos, Turismo marinero, ruta de las camelias, faros y playas salvajes, patrimonio oculto, santuarios mágicos.
B) Productos destinados a la creación de oferta de turismo familiar
C) Productos destinados a la creación de oferta para turismo senior
D) Productos destinados a la generación de una oferta distintiva que se acomode al concepto "Que hacer en Galicia cuando llueve"
E) Productos innovadores y de descubrimientos de nuevos nichos de mercado
F) Creación de rutas turísticas innovadoras
G) Productos construidos bajo la idea de cultura celta de Galicia
H) Productos basados en la creación de fines de semana, puentes y otros períodos temporales de carácter temático I) Productos que se desarrollen y valoricen turísticamente los núcleos históricos de Galicia
- Gastos Subvencionables
- Gastos de diseño y creación de productos turísticos, folletos, paquete turísticos y gastos de promoción, publicidad y difusión de las actividades (material publicitario, merchandinsing, asistencia a ferias, encuentros, publicidad en medios de comunicación tradicional, internet y revistas especializadas)
- Viajes de promoción y familiarización (gastos de gestión, alojamientos, manutención, transportes, entrega de materiales promocionales, etc..)
- Desarrollo de las TIC en la gestión, promoción y comercialización de oferta turística.
- Material inventariable: (bicicletas, parques infantiles, material deportivo, educativo, equipamiento de oficina, envases y packaging..)
- Material fungible
- Prestación de servicios por parte de monitores especializados para el desarrollo de las actividades
- Asistencias técnicas de apoyo al diseño, creación, promoción y comercialización de productos turísticos.
- Plazo de Presentación de Solicitudes
28 de febrero de 2018. La presentación será electrónica por lo que es necesario DNI electrónico o certificado digital
- Plazo de ejecución y justificación
Desde la presentación de la solicitud hasta el 1 de octubre de 2018
- Cuantía de la ayuda
70 % del gasto elegible subvencionable hasta un máximo de 30.000 € de ayuda.
- Presupuesto
666.667 €
- Documentación
Se remite adjunto las bases reguladoras
Concurrencia competitiva