Ayudas para auditorías energéticas, implantación de sistemas de gestión, movilidad con combustibles alternativos y proyectos de ahorro y eficiencia energética en sector industria y servicios - IN417Y

Se remite  información de la convocatoria de AYUDAS PARA LA REALIZACION DE AUDITORIAS ENERGÉTICAS, IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN Y PROYECTOS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LAS EMPRESAS DEL SECTOR INDUSTRIAL Y SERVICIOS -IN417Y-  DOG núm. 6 de miércoles 9  de enero de 2019 -

Le recordamos que desde Externor - Grupo Isonor tramitamos y justificamos estas ayudas. En caso de que usted estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.

A continuación se detallan los puntos destacados de la convocatoria:

Beneficiarios

 * Empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia, incluidas en el sector servicios o industria.
Actividades sector servicios: secciones G, H, I, J, L, M, N, O, P, Q, R, S, T o U del CNAE 2009
Actividades sector Industrias: Sección B, C o D del CNAE 2009 con excepción de la industria extractiva energética, la de refinación de petróleo y biocombustible, empresas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica.

 

  * Empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía. . 

 

Proyectos Subvencionables

AE - Auditorias energéticas.
SX - Implantación de sistemas de gestión energética
PAEI - Proyectos de ahorro y eficiencia energética en el sector industrial y ESE 
PAES - Proyectos de ahorro y eficiencia energética en el sector servicios
 

Gastos Subvencionables

     1.- Auditorias energéticas.

Realización de auditorias energéticas que analicen de forma integral el proceso productivo del centro de trabajo de la empresa y que propongan medidas de reducción de consumo energético. No son subvencionables auditorias energéticas obligatorias por ley, en concreto, las referidas a grandes empresas.
    La subvención será en función del consumo de energía final en el centro de trabajo.

      2.- Implantación de sistemas de gestión certificados conforme a la norma 50.001.

Serán subvencionables los gastos de empresas consultoras especializadas, gastos de auditoria energética previa,  gastos de certificación y costes de equipos de medida de consumo energético asociados a la implantación del sistema de gestión.
    La subvención será en función del consumo de energía final en el centro de trabajo

      3.- Proyectos de ahorro y eficiencia energética.

No serán subvencionables aquellos proyectos con ratios de ahorro energético anual de energía final inferiores a 0,5 kWh por € de inversión elegible.

     a) Inversiones en substitución o mejora de equipos e instalaciones consumidoras de energía del proceso productivo del sector industrial, así como sistemas auxiliares por equipos e instalaciones que utilicen tecnología de alta eficiencia o la mejora tecnológica disponible. Ahorro energético mínimo del 5% respecto al consumo inicial.

     b) Renovación o mejora de equipamientos de instalaciones existentes de producción de calor y frío por otras de alta eficiencia energética. El ahorro energético mínimo será del 20%

     c) Mejora de la eficiencia energética de instalaciones de iluminación existentes que lleven asociada una reducción anual del 40%

     d) Nuevas instalaciones de cogeneración y de generación y consumo de biogás que contribuyan a aumentar la eficiencia energética de la empresa.. El ahorro energético será del 20%

     e) Cualquier otra actuación que implique ahorro energético mínimo de un 20%

     f) Implantación de medidas de contabilización, monitorización y telegestión del consumo de energía asociados a actuaciones de ahorro para las que se solicita ayuda.
 
 Serán subvencionables el precio de los equipamientos, su montaje y su puesta en marcha.

Inversión mínima 10.000 € por actuación y el proyecto puede incluir varias actuaciones, salvo en caso de auditorías energéticas cuya inversión mínima será de 3.000 € auditoría.
 Cada empresa podrá presentar una o más solicitudes.

Plazo de ejecución

Desde la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda hasta el 30 de septiembre de 2019

Plazo de Presentación de Solicitudes

  • 11 de febrero de 2019.

Cuantía de la ayuda

  • La ayuda será de un 35% incrementándose en un 15% en caso de pequeñas empresas y en un 10 % en caso de medianas empresas.. Cuantía de ayuda máxima 100.000 €

    Presupuesto

  • 3.764.249 €

 Documentación

 

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