Ayudas para proyectos de inversión en actividades no agrícolas MR708B
Se remite información de la convocatoria de AYUDAS PARA PROYECTOS DE ADQUISICIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPAMIENTO EN ACTIVIDADES NO AGRÍCOLAS - MR708B - DOG núm. 19 de lunes 28 de enero de 2019
Le recordamos que desde Externor - Grupo Isonor tramitamos y justificamos estas ayudas. En caso de que usted estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.
A continuación se detallan los puntos destacados de la convocatoria:
Beneficiarios
a) Microempresas y pequeñas empresas situadas en zonas rurales y constituidas con anterioridad al 1 de septiembre de 2018
b) Personas físicas que residan en una zona rural dadas de alta con anterioridad al 1 de septiembre de 2018
c) Titulares de una explotación agraria, o miembros de una unidad familiar, que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrarios, que desarrollen su proyecto en la propia explotación y estén inscritas en el REAGA
Proyectos Subvencionables
Proyectos destinados a la ampliación y/o modernización de pequeñas empresas que desarrollen actividades no agrarias en los siguientes sectores o ámbitos de actividad:
- Industria, fábricas y locales destinados a la producción de bienes y materiales. No obstante, las inversiones relacionadas con la utilización de la madera como materia prima o fuente de energía se limitarán a las operaciones de segunda transformación.
- Transformación y/o comercialización de productos agrarios, cuando el producto final del proceso de transformación y/o comercialización derivado de las inversiones no este incluido en el anexo I del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea. Para este sector se excluyen proyectos con un presupuesto superior a 60.000 €
- Prestación de servicios en cualquier sector económico, con exclusión de las empresas de servicios de maquinaria agrícola y forestal y de las empresas de servicios energéticos
- Prestación de servicios sociales (guarderías, cuidados de ancianos, personas con discapacidad, granjas - escuela...)
- Actividades de ocio, recreativas y deportivas
- Artesanía y actividades artesanales
- Actividades basadas en la innovación tecnológica y en el comercio electrónico
- Actividades de sectores de ingeniería, arquitectura, servicios técnicos, limpieza industrial y veterinaria.
- Comercio al por menor de productos no incluidos en el anexo I del TFUE.
REQUISITOS DE TODOS LOS PROYECTOS
- No estar iniciados en la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda
- Que se desarrollen en la CCAA de Galicia. No se subvencionan proyectos que se desarrollen en parroquias densamente pobladas ( indicadas en Anexo X de las bases)
- Que sean finalistas, es decir, que en el momento del pago final cumplan los objetivos y funciones para los que se ha concedido la ayuda
- Que sean viables técnica y financieramente
- Que se ajusten a la normativa sectorial que resulte de aplicación para cada tipo de proyecto
- Que la inversión proyectada mejore el rendimiento global de la empresa
- Que el presupuesto elegible no sea inferior a 10.000 € ni superior a 220.000 €. En el sector de artesanía los límites son entre 5.000 € y 100.000 € respectivamente.
Gastos Subvencionables
Plazo de Presentación de Solicitudes
- 28 de febrero de 2018
Plazo de ejecución
- Desde el 1 de enero hasta el 1 de octubre de 2019
Cuantía de la ayuda
- 45 % de los gastos subvencionables.
Presupuesto
- 1.150.000 €
Documentación
Concurrencia competitiva