Ayudas a proyectos de inversión para la modernización e innovación de las PYMES comerciales de la Comunidad de Madrid.

Se remite información sobre la convocatoria de Ayudas a proyectos de inversión para la modernización e innovación de las pymes comerciales de la Comunidad de Madrid.

A continuación se describen los puntos destacados de la convocatoria

Objetivo: ayudas a las pymes comerciales de la Comunidad de Madrid que hayan realizado proyectos de inversión dirigidos a la modernización e innovación de sus establecimientos y de sus procesos de negocio

Beneficiarios:
Pequeñas y medianas empresas y los empresarios individuales que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Que su origen sea cualquier Estado miembro del Espacio Económico Europeo y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
  2. Que su actividad comercial quede incluida dentro de las agrupaciones en el Impuesto de Actividades Económicas que se detallan en el Anexo I de la presente Orden.
  3. Que no estén incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones

Gastos subvencionables:

  1. Obras de ampliación, transformación o nueva implantación de establecimientos comerciales.
  2. Adquisición de equipamiento y mobiliario especializado que sea necesario para el desarrollo de la actividad comercial y en especial para la exposición de productos

En el caso de la venta ambulante, se considera equipamiento comercial específico los vehículos comerciales.

  1. Adquisición de equipos informáticos, tanto hardware como software, dirigidos a la implantación y mejora del comercio electrónico, así como a proyectos que permitan la implantación de las nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación(TIC) en los procesos de negocio comerciales.

Plazo ejecución de los proyectos:
Serán consideradas subvencionables aquellas inversiones que se hayan ejecutado entre el 16 de septiembre del año anterior al de la publicación de las convocatorias que se realicen conforme a las presentes bases reguladoras y el 15 de septiembre del año de publicación de dichas convocatorias

Cuantía de la ayuda:

  1. Serán subvencionables las inversiones contempladas en el proyecto presentado siempre que alcancen en su conjunto un coste mínimo de 20.000 euros, impuestos excluidos.
  2. El importe de las ayudas será  del 50% del presupuesto aceptado de inversiones del proyecto presentado, impuestos excluidos, con el límite máximo de 30.000 euros por beneficiario.

Plazo presentación solicitudes y lugares:

El plazo es indefinido hasta agotamiento de presupuesto.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sito en la calle Albasanz, número 16, o en cualquier otro Registro de la Comunidad de Madrid, en cualquiera de los Registros de la Administración General del Estado o de otras Comunidades Autónomas, o en los Registros de Ayuntamientos adheridos al correspondiente convenio, en oficinas de Correos

Plazo de justificación de los proyectos:
hasta el 30 de septiembre del ejercicio de la convocatoria

Concurrencia competitiva.