Ayudas a proyectos de inversión para la modernización e innovación de las PYMES comerciales de la Comunidad de Madrid.
Se remite información sobre la convocatoria de Ayudas a proyectos de inversión para la modernización e innovación de las pymes comerciales de la Comunidad de Madrid.
A continuación se describen los puntos destacados de la convocatoria
Objetivo: ayudas a las pymes comerciales de la Comunidad de Madrid que hayan realizado proyectos de inversión dirigidos a la modernización e innovación de sus establecimientos y de sus procesos de negocio
Beneficiarios:
Pequeñas y medianas empresas y los empresarios individuales que cumplan los siguientes requisitos:
- Que su origen sea cualquier Estado miembro del Espacio Económico Europeo y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
- Que su actividad comercial quede incluida dentro de las agrupaciones en el Impuesto de Actividades Económicas que se detallan en el Anexo I de la presente Orden.
- Que no estén incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
Gastos subvencionables:
- Obras de ampliación, transformación o nueva implantación de establecimientos comerciales.
- Adquisición de equipamiento y mobiliario especializado que sea necesario para el desarrollo de la actividad comercial y en especial para la exposición de productos
En el caso de la venta ambulante, se considera equipamiento comercial específico los vehículos comerciales.
- Adquisición de equipos informáticos, tanto hardware como software, dirigidos a la implantación y mejora del comercio electrónico, así como a proyectos que permitan la implantación de las nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación(TIC) en los procesos de negocio comerciales.
Plazo ejecución de los proyectos:
Serán consideradas subvencionables aquellas inversiones que se hayan ejecutado entre el 16 de septiembre del año anterior al de la publicación de las convocatorias que se realicen conforme a las presentes bases reguladoras y el 15 de septiembre del año de publicación de dichas convocatorias
Cuantía de la ayuda:
- Serán subvencionables las inversiones contempladas en el proyecto presentado siempre que alcancen en su conjunto un coste mínimo de 20.000 euros, impuestos excluidos.
- El importe de las ayudas será del 50% del presupuesto aceptado de inversiones del proyecto presentado, impuestos excluidos, con el límite máximo de 30.000 euros por beneficiario.
Plazo presentación solicitudes y lugares:
El plazo es indefinido hasta agotamiento de presupuesto.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sito en la calle Albasanz, número 16, o en cualquier otro Registro de la Comunidad de Madrid, en cualquiera de los Registros de la Administración General del Estado o de otras Comunidades Autónomas, o en los Registros de Ayuntamientos adheridos al correspondiente convenio, en oficinas de Correos
Plazo de justificación de los proyectos:
hasta el 30 de septiembre del ejercicio de la convocatoria
Concurrencia competitiva.