Bonus prevención laboral. Hasta el 31 de mayo

Se remite información del BONUS PREVENCIÓN LABORAL:

La Orden ESS/256/2018 de 12 de marzo regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral.  Esta orden, que desarrolla el Real Decreto 231/2017 de 10 marzo, permite ciertas modificaciones que hacen más fácil obtener el Bonus de Prevención

  A continuación se detallan los puntos destacados de este Bonus:


Qué es el Bonus
 El bonus es un sistema de incentivos para las empresas que hayan contribuido eficazmente, a la reducción de la siniestralidad laboral y hayan realizado actuaciones efectivas en la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales

Beneficiarios

 Las empresas que pueden obtener este bonus son aquellas que cotizan a la Seguridad Social por contingencias profesionales y realizan la solicitud del bonus, siempre que se ajusten a una de estas dos modalidades:

    Modalidad General: si la empresa alcanza un volumen mínimo de cotización anual por CP superior a 5.000 euros en el periodo de observación.
    Modalidad Pequeña Empresa Beneficiaria: si la empresa no alcanza un volumen mínimo de cotización de 5.000 euros en un periodo de cuatro años, pero se han superado los 250 euros

Además de cumplir con estas cuotas, se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1.  Que los índices de siniestralidad general y extrema, excluidos los accidentes “in itinere”, se hallen por debajo de los límites establecidos en la Orden por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social.
  2. Encontrarse al corriente en las obligaciones de cotización a la Seguridad Social.
  3.  No haber sido sancionado con más de dos infracciones graves o alguna muy grave en PRL o de Seguridad Social.
  4. Cumplir las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, acreditándolo mediante la firma de la declaración responsable contenida en el anexo del RD 231/2017.
  5.  Informar a los delegados de prevención, si los hubiera, de que la empresa cursa la solicitud del incentivo.


Plazo de Presentación de Solicitudes

Las solicitudes se podrán presentar entre el 15 de abril y el 31 de mayo a través de la mutua asociada a la empresa.

 
Cuantía del Bonus
La cuantía de este bonus permitirá recuperar el 5% de las cuotas por contingencias profesionales sin necesidad de realizar ninguna inversión.

  En caso de que además existan inversiones por parte de la empresa en acciones preventivas complementarias (por ejemplo, planes de movilidad, equipos de trabajo o de protección individual, etc.) el incentivo alcanzará hasta el 10% de las cuotas por contingencias profesionales.