Programa de apoyo financiero a las PYMES
Abierto en Galicia el Programa de Apoyo financiero a las Pymes 2015
Se trata de ayudas para la Bonificación de los costes de financiamiento de las pymes titulares de préstamos superiores a 25.000 € con fondos ICO, instrumentadas mediante convenio de colaboración entre el IGAPE, las entidades financieras y las sociedades de garantía recíproca.
A continuación se detallan los puntos destacados de la convocatoria:
BENEFICIARIOS
- Autonómos, microempresa, pequeñas y medianas empresas, personas físicas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes
- Tendrán que formalizar una operación de préstamo, previamente o con posterioridad a la publicación de estas bases, con cargo a alguna de las líneas de ICO (Linea ICO -empresas y emprendedores o Linea ICO-garantía SGR/SEACA)
- Préstamo formalizado a partir del 1 de enero de 2015 y antes de presentar la solicitud de ayuda, por un importe superior a 25.000 €, a un plazo igual o superior a 5 años que desarrollen una actividad de las indicadas en el el Anexo II de las bases y esté localizada en Galicia
- PROYECTOS A FINANCIAR
- Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano: bienes que, directa o indirectamente, permitan realizar la actividad de la empresa
- Vehículos industriales sin limite de precio o vehículos turismo, con un precio máximo de 30.000 €, sin incluir IVA
- Adquisición de empresas
- Liquidez con el límite del 50% del financiamiento.
Los activos se corresponderán a una inversión realizada en suelo industrial adquirido en el año 2015
Los bienes serán adquiridos en propiedad y podrán financiarse las inversiones realizadas en el período comprendido entre el 1 de enero de 2014 hasta un año desde la formalización del préstamo.
IMPORTE MÍNIMO Y MÁXIMO DEL PRÉSTAMO POR BENEFICIARIO
El importe máximo bonificable para las operaciones sin aval o con aval de una sociedad de garantía recíproca sera de 100.000 € para el tipo de interés y de 500.000 € para la comisión de aval.
El porcentaje de financiamiento podrá alcanzar el 100 % del proyecto, no obstante la bonificación del IGAPE se calculará para el 75% del importe del préstamo.
Préstamo formalizado a 5 años.
Tipo de interés: el establecido por el ICO. En las operaciones sin aval de SGR, la entidad de crédito no le aplicará ninguna comisión al cliente por la concesión del financiamiento. En caso de contar con aval financiero del 100%, el SGR podrá aplicar una comisión de estudio máximo de 0.50% del importe de la operación.
AYUDA
Bonificación del tipo de interés nominal de las operaciones de préstamo, y si es el caso, en la compensación de los costes de comisión de aval financiero prestado por un SGR
Para operaciones formalizadas sin aval o con aval de una SGR:
Bonificación:
- Con carácter general, 1,5 puntos porcentuales
- 2 puntos en caso de proyectos de inversión en ayuntamientos con apoyo específicos relacionados en anexo IV
- En caso de emprendedores, 2 puntos
Compensación de la comisión de aval financiero
Para operaciones formalizadas con aval de Igape
Bonificación:
- Con carácter general, 0,5 puntos porcentuales
- 1 punto en caso de proyectos de inversión en ayuntamientos con apoyo específicos relacionados en anexo IV
- En caso de emprendedores, 2 puntos
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Hasta el 31 de Octubre de 2015 o agotamiento de crédito
CRÉDITO PRESUPUESTARIO: 3.000.000 €
Solicitudes admitidas por orden de entrada hasta agotamiento de crédito
Concurrencia no competitiva