Subvención para el fomento del empleo en empresas de economía social y promoción del cooperativismo

Abierta convocatoria para los programas de FOMENTO DEL EMPLEO EN EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL Y DE PROMOCIÓN DEL COOPERATIVISMO, para el año 2015

Presentamos estas ayudas y ejecutamos los siguientes trabajos subvencionados por las mismas:
  • Cursos relacionados con dirección y gestión empresarial
  • Elaboración de estudios de viabilidad, de organización, de comercialización, auditorías y otros informes e naturaleza análoga
  • Páginas web y de sistemas telemáticos de gestión para el comercio electrónico

A continuación se detallan los puntos más importantes de la convocatoria:

Programa I: fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales (TR802G)

Fomentar la incorporación de personas desempleadas y trabajadores/as con carácter temporal, como socios y socias trabajadores/as o de trabajo de cooperativas o sociedades laborales, con carácter indefinido.

* Beneficiarios: Las cooperativas y sociedades laborales que incorporen como socios/as trabajadores/as o de trabajo a personas desempleadas. Así mismo también serán beneficiarias aquellas entidades que incorporen como socios/as trabajadores/as las personas vinculadas a la empresa por un contrato de trabajo temporal no superior a 24 meses, con una vigencia mínima de 6 meses en la fecha de su incorporación.

* Cuantía de la ayuda: Será de hasta 5.500 € por cada persona desempleada que se incorpore a jornada completa. Se podrá incrementar según al tipo de colectivo al que pertenezca.

Programa II: Fomento del acceso a la condición de socio/a trabajador/a (TR802J)

Fomentar el acceso a la condición de socios/as trabajadores/as, o de trabajo, de cooperativas o de sociedades laborales, como manera de promocionar el cooperativismo facilitando la participación y plena integración en la empresa, mediante la concesión de ayudas económicas destinadas a financiar parcialmente, la puesta de capital social que debe desembolsarse para la incorporación como socio/a.

* Beneficiarios

  • Personas desempleadas
  • Demandantes de mejora de empleo
  • Asalariados/as de cooperativas y sociedades laborales
  • Personas que se incorporen como socias trabajadoras o de trabajo, en virtud de la transformación de la empresa en la cual presten servicios en cooperativa o sociedad laboral
  • Personas demandantes de empleo que emprendan una actividad por cuenta propia y se incorporen a una cooperativa como persona socia con compromiso de exclusividad para comercializar sus productos, obtener suministraciones, servicios y la asistencia técnica que necesiten.

* Cuantía de la ayuda

Para los puntos a), b), c) y d) Será de hasta 4.500 € para incorporación a una cooperativa, de hasta 3.000 € para incorporación a una sociedad laboral y para el apartado e) podrá ascender hasta 3.000 €

Programa III: impulso de proyectos empresariales cooperativos y asistencia técnica (TR807D)

Podrán tener la condición de proyecto subvencionable la constitución de cooperativas o sociedades laborales, la transformación de otras fórmulas empresariales en cooperativas o sociedades laborales, el lanzamiento de nuevas áreas funcionales o territoriales de actividad

* Beneficiarios

Cooperativas y sociedades laborales de nueva creación o que acometan nuevos proyectos así como personas y empresas privadas que presten los servicios de asesoramiento y acompañamiento.

* Actuaciones subvencionables y cuantía

1.- Subvención para Gastos de constitución

  • Formalización e inscripción de escritura pública y demás tramites derivados del proceso de constitución, gastos de notaria e inscripción en registros oficiales. Subvención 75 % hasta un máximo de 1.500 € para gastos de notaria e inscripción en registros oficiales y de 500 € adicionales para la realización de otros tramites.
  • Elaboración de estudios de viabilidad, de organización, de comercialización, auditorías y otros informes e naturaleza análoga. Subvención 75 % hasta un máximo de 1.000 € cando integren menos de 10 personas y hasta un máximo de 3.000 € cuando integren mas de 10 personas socias.
  • Elaboración de estatutos sociales y reglamento de régimen interno. Subvención 75 % hasta un máximo de 2.000 €

2.- Subvención para la formación empresarial

  • Cursos relacionados con dirección y gestión empresarial. La cuantía de la ayuda será del 75 % hasta un máximo de 5.000 € por entidad aplicándose igualmente los siguientes límites: 20 €/ hora por el nº de personas participantes con el límite máximo de 1.000 € por cada persona.

3.- Subvención para el Asesoramiento y acompañamiento de proyectos

  • Actividades como la orientación del proyecto y acciones formativas e informativas del grupo promotor, elaboración del plan empresarial de la cooperativa o sociedad laboral, su seguimiento y asesoramiento en la ejecución. Podrá presentar la solicitud bien la cooperativa o bien la empresa que preste los servicios. Es éste ultimo supuesto se presentará un plan de trabajo: es obligatorio un acompañamiento de 200 horas mínimas, con reuniones quincenales así como 100 horas para realización de sesiones especificas de áreas como: formación en materia de cooperativismo, en materia económico-financiera, comercial-mercado y materia organizativa
  • La Cuantía de la ayuda será de 30 € por hora de información, formación o asesoramiento. El nº mínimo de personas asesoradas por proyecto será de 3

Programa IV: Promoción de las cooperativas juveniles (TR807E)

Beneficiarios

Cooperativas juveniles de nueva creación formadas mayoritariamente por personas socias trabajadoras o de trabajo que tengan entre 16 y 29 años. Que no superen los dos años de actividad, contados desde que se dieron de alta en la actividad hasta el 16 de agosto de 2015.

* Actuaciones subvencionables y cuantía

  • Arrendamiento y mantenimiento de locales, instalaciones, maquinaria y elementos de transporte
  • Materias primas, embalajes, envases, y otros aprovisionamientos necesarios para la producción
  • Elaboración de material publicitario fungible y anuncios publicitarios en medios de comunicación
  • Seguros, gastos financieros y bancarios
  • Energía, comunicación y transporte
  • Material de oficina
  • Consumibles para equipos informáticos y maquinaria
  • Mantenimiento de equipos y sistemas para las TIC´s, páginas web y de sistemas telemáticos de gestión para el comercio electrónico.
  • Ropa de trabajo y material fungible para la prevención de riesgos laborales

Ayuda del 75 % con el límite máximo de 15.000 €

Plazo presentación solicitudes: 16 de agosto de 2015

Plazo ejecución de las acciones

Con carácter general el período de ejecución abarcará desde el 1 de enero de 2015 al 14 de noviembre de 2015

Excepcionalmente, las acciones realizadas entre el 8 de abril de 2014 hasta la fecha de publicación de estas bases, dará lugar a la condición de beneficiario. El gasto subvencionable corresponderá al ultimo trimestre de 2014 y al ejercicio 2015.

Plazo de justificación de las acciones: 16 de noviembre de 2015

Presupuesto

  • Programa I: 1.104.177 €
  • Programa II: 680.000 €
  • Programa III: 200.000 €
  • Programa IV: 200.000 €

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