Subvenciones establecidas para el impulso de las redes de «business angels» para el año 2016
Se remite convocatoria de Subvenciones establecidas para el impulso de las redes de «business angels» relacionadas con su creación y funcionamiento, en el año 2016.
Beneficiarios:
- También podrán serlo aquellas que presten servicios de apoyo a las PYME con el objeto de mejorar el tejido empresarial e impulsar su competitividad, tales como asesoría, formación, apoyo a la creación de empresas, tutorización del plan de negocio y asesoramiento en general al proyecto empresarial, entre otros.
- Las entidades privadas con fin de lucro y con personalidad jurídica propia, cuyo objeto social sea la realización de las actividades específicas de una red de «business angels». También podrán serlo aquellas que, con un objeto social más amplio, acrediten que, entre las diferentes actividades que desarrollan, realizan las que resultan propias de una red de «business angels» a fin de favorecer la aportación de recursos financieros a proyectos emprendedores mediante la realización de las tareas de información, difusión e intermediación que resultan precisas para tal fin.
- Las entidades sin ánimo de lucro, privadas, o públicas de carácter autonómico, y con personalidad jurídica propia, cuyo objeto social sea la realización de las actividades específicas de una red de «business angels» También podrán serlo aquellas que presten servicios de apoyo a las PYME con el objeto de mejorar el tejido empresarial e impulsar su competitividad, tales como asesoría, formación, apoyo a la creación de empresas, tutorización del plan de negocio y asesoramiento en general al proyecto empresarial, entre otros.
Actividades subvencionables:
CREACIÓN: creación y puesta en marcha de nuevas redes de «business angels» entendiendo como tal las actividades relacionadas con la contratación de personal especializado, creación de la estructura organizativa y captación de inversores, entre otras.
FUNCIONAMIENTO: actividades de prestación de los servicios de información, difusión, intermediación, análisis de proyectos y aquellos otros que resulten precisos para favorecer la aportación de recursos financieros a proyectos empresariales innovadores.
Gastos subvencionables:
- Gastos de personal técnico directamente involucrado en el desarrollo de la actuación. Estos gastos podrán corresponder tanto a personal técnico propio de la entidad, con vinculación laboral con el beneficiario mediante cualquier modalidad de contratación admitida en Derecho, como al personal técnico autónomo que, ostentando la condición de accionista o socio de la entidad beneficiaria, preste servicios profesionales en ella sin estar vinculado por una relación laboral.
Los topes salariales máximos subvencionables y las dietas de viaje del personal de la entidad solicitante, por categorías laborales, serán lo que figuran en el anexo I de esta orden.
- Gastos de asesoría o consultoría externa para la realización de las actuaciones para las que solicita ayuda.
- Gastos de organización de jornadas, foros y encuentros.
- Gastos de difusión, marketing y promoción de la figura de los «angels» como modalidad de financiación para las empresas.
- Gastos derivados de estudios de viabilidad y rentabilidad de proyectos de inversión.
- Podrán ser también subvencionables gastos de personal administrativo propio y otros gastos corrientes indirectos. El límite financiable de esos gastos equivaldrá como máximo al 10 por ciento de los gastos conjuntos de personal técnico propio considerados subvencionables a los que se refiere el párrafo a), sin que esta fracción del coste requiera justificación adicional.
- Podrán ser subvencionables los gastos referentes a la constitución de la red de «business angels», tales como los gastos de notario, registro mercantil, etc.
- El informe realizado por un auditor o empresa de auditoría inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas a efectos de la justificación prevista en el apartado decimosexto, número 8, hasta un máximo de 800 euros.
Cuantía subvencionable:
60 por ciento de los gastos considerados subvencionables con un máximo de 50.000 euros.
Plazo de solicitud subvención:
4 de mayo de 2016
Presupuesto:
1.000.000 €
Concurrencia competitiva.