Subvenciones para Inversiones Productivas en Acuicultura Cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP)
Remitimos información sobre las bases reguladoras de las SUBVENCIONES PARA INVERSIONES PRODUCTIVAS EN ACUICULTURA COFINANCIADAS CON EL FONDO EUROPEO MARÍTIMO Y DE PESCA (FEMP).
Bases y convocatoria: http://www.xunta.gal/dog/Publicados/2016/20160929/AnuncioG0427-190916-00...
Le recordamos que desde EXTERNOR - Grupo Isonor tramitamos y justificamos esta financiación. En caso de que estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.
A continuación, se describen las características más destacadas de esta financiación:
- OBJETO
La convocatoria tiene por objeto la realización de las actuaciones que a continuación se detallan, a fin de fomentar una acuicultura sostenible desde una perspectiva medioambiental, socialmente responsable, basada en el conocimiento y competitiva:
- Inversiones productivas en la acuicultura.
- Diversificar la producción acuícola y las especies cultivadas.
- Modernizar los centros acuícolas.
- Mejoras y modernización relacionadas con la salud y el bienestar de los animales, incluida la adquisición de equipos destinados a proteger las explotaciones de los depredadores salvajes.
- Inversiones en la mejora de la calidad del producto acuícola o para incrementar su valor.
- Recuperar estanques o lagunas acuícolas existentes mediante la eliminación del lodo o inversiones para prevenir los depósitos de lodo.
- Diversificar los ingresos de las empresas acuícolas mediante el desarrollo de actividades complementarias.
- ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las empresas acuícolas. Se considera empresa acuícola a las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos de acuicultura situados en las zonas terrestre, marítimo-terrestre o marítima, que tengan sus instalaciones en Galicia, así como las que establezcan nuevos centros en Galicia.
- INTENSIDAD DE LA AYUDA
La cuantía máxima de la ayuda será el 50 % de la inversión máxima subvencionable para las microempresas, pequeñas o medianas empresas. Para las grandes empresas la cuantía máxima de la ayuda será el 30 % de la inversión máxima subvencionable.
- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la orden. (DOG Nº 186, de 29 de septiembre de 2016).